Pellerano & Herrera Fundación Pellerano & Herrera

Nueva prórroga para las adecuaciones y transformaciones de compañías en República Dominicana

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El pasado 17 de diciembre fue aprobada la Ley No. 287-10 que otorga una nueva prórroga hasta Febrero de 2011 a fin de que las sociedades comerciales dominicanas concluyan el procedimiento de adecuación o transformación de acuerdo a las disposiciones de la Ley General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No.479-08 promulgada el 11 de diciembre del 2008 la cual contemplaba un plazo original de 180 días a partir de su promulgación, que vencía el 19 de Junio de 2009; posteriormente, faltando apenas 10 días para dicho vencimiento, mediante la Ley No. 73-10 se otorgó una primera prórroga hasta el presente mes de Diciembre, 2010.

Es importante recordar que dicha Ley 479-08 surgió como una respuesta a la necesidad de que las normas sobre compañías se correspondieran con la realidad de los negocios en la actualidad, ya que la legislación vigente hasta ese momento databa del Siglo XIX y contenía ciertas limitaciones; entre los avances de la nueva legislación tenemos: la diversidad de vehículos corporativos y un mejor gobierno de las sociedades comerciales que brinda mayor transparencia y confianza a los terceros, al momento de realizar cualquier tipo de negocios; entre sus innovaciones más relevantes encontramos, la perforación del velo corporativo, la regulación de los procesos corporativos -tales como, fusiones y escisiones- así como la responsabilidad penal de las personas morales.

Respecto al tema que nos ocupa, la Ley No. 479-08 concede la facultad a las sociedades comerciales constituidas al amparo de la legislación anterior, de actualizar su organización al tenor de las disposiciones de esta nueva ley; bien sea mediante el proceso de adecuación o el de transformación.

El proceso de adecuación consiste en que aquellas sociedades comerciales constituidas al tenor de las disposiciones del Código de Comercio que tengan el interés de preservar su estatus, deben proceder con una adecuación societaria, contable y operativa de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 479-08; por su parte, la transformación consiste en que la sociedad comercial incorporada bajo el imperio de la antigua ley, se transforme en otro tipo de sociedad -de aquellos nuevos tipos incorporados por la Ley No. 479-08- manteniendo su personalidad jurídica, sin alterar sus derechos y obligaciones.

Desde su promulgación, la Ley No. 479-08 ha generado múltiples controversias entre aquellos que han considerado que la misma contiene errores u omisiones; dichas controversias han dado lugar a que en la actualidad cursen en el Congreso Nacional varios proyectos de reforma de dicha ley, respecto a los cuales entendemos que previo al vencimiento de esta nueva prórroga se habrá aprobado alguno de ellos, permitiendo así que los procesos de adecuación o transformación sean efectivamente ejecutados en virtud de un texto legal definitivo.

Dirija sus preguntas a los correos electrónicos: Isabel Andrickson (i.andrickson@phlaw.com)



Fuente: Diario Libre

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