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Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras ("Foreign Account Tax Compliance Act")

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En esta oportunidad estaremos tratando la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras ("Foreign Account Tax Compliance Act" o "FATCA" por sus siglas en idioma Inglés), la cual fue promulgada por el gobierno de los Estados Unidos en el año 2010 como parte de la Ley de Incentivos de Contratación para Restaurar Empleos ("Hire Incentives to Restore Employment Act" o "HIRE" por sus siglas en idioma Inglés). La Ley FATCA fue diseñada para combatir la evasión fiscal en el extranjero y recuperar los ingresos fiscales federales atribuibles a contribuyentes estadounidenses que posean cuentas en entidades financieras en el extranjero.

Su objetivo principal es que los contribuyentes estadounidenses informen sobre sus cuentas en entidades financieras extranjeras ("EFEs"), así como que estas informen al Servicio de Impuestos Internos de los Estados Unidos ("Internal Revenue Service" o "IRS" por sus siglas en idioma Inglés) sobre sus clientes estadounidenses. Este último punto implica que las EFEs deben: (i) identificar cuentas de ciudadanos norteamericanos; (ii) revelar informaciones respecto a las mismas, tales como nombre del titular, dirección, balance, depósitos y retiros, entre otros; y, (iii) retener un 30% sobre pagos a otras entidades financieras que no cumplan con FATCA o a titulares de cuenta que no provean la información requerida.

Bajo esta disposición, se considera como una entidad financiera extranjera aquella que: (i) acepta depósitos en el curso normal de un negocio bancario o similar, o mantiene activos financieros por cuenta de otros; y, (ii) se dedica principalmente en negocios de inversión, reinversión o intercambio de valores, productos financieros o similares. A raíz de la implementación de esta legislación, ha surgido preocupación tanto por parte de personas con doble nacionalidad, como por EFEs respecto al secreto bancario, toda vez que en la mayoría de las jurisdicciones es ilegal la revelación de información contemplada por FATCA. Asimismo, entidades bancarias de varias partes del mundo han procedido al cierre de cuentas de sus clientes estadounidenses desde principios de 2011, bajo el alegato de las onerosas implicaciones resultado de la entrada en vigencia de FATCA.

No obstante lo anterior, la referida pieza legislativa contempla la posibilidad de que cada país suscriba con los Estados Unidos un acuerdo intergubernamental para la aplicación de FATCA, siendo Dinamarca, México, España, Reino Unido, Suiza, Irlanda y Noruega las únicas naciones que a la fecha han suscrito dichos acuerdos. Cabe resaltar que aquellas EFEs que no concreten un acuerdo con el IRS, o cuyo gobierno no suscriba un acuerdo intergubernamental, serán objeto de una retención de un 30% sobre ciertos pagos, incluyendo intereses y dividendos, así como ingresos brutos de títulos valores estadounidenses.

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