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Principios de Seguridad Jurídica y de Legalidad en Materia Tributaria

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El Principio de Seguridad Jurídica es un principio del Derecho universalmente reconocido que se entiende y se basa en la certeza del derecho, representando la garantía dada al individuo de que su persona, sus bienes y derechos no serán objeto de ataques violentos, o que si estos llegan a producirse le serán asegurados, protegidos y reparados por la sociedad. El Principio de Seguridad Jurídica a su vez se nutre del Principio de Legalidad o de Primacía de la Ley conforme al cual todo ejercicio del poder público debe someterse a la voluntad de la ley, de su jurisdicción y no a la voluntad de las personas o entes particulares.

El Estado, como máximo exponente del poder público y regulador de las relaciones en sociedad, no sólo establece o debe establecer las disposiciones legales a seguir, sino que tiene la obligación de crear un ámbito general de "seguridad jurídica" al ejercer el poder político, jurídico y legislativo. Esto así, la finalidad última del Estado es asegurar los medios para que las personas que habitan o entidades que operan dentro de su territorio gocen de la estabilidad y la seguridad de que sus facultades, posesiones y su persona, no podrán ser violentadas sino por procedimientos regulares, establecidos dentro de un sistema de derecho vigente, general y equitativo.

El Principio de Legalidad en materia tributaria ordena que el nacimiento de la obligación tributaria sólo debe producirse sobre la base de la existencia de una ley formal que lo disponga, además de que dicha ley establezca claramente el concepto de hecho imponible, definiendo claramente sus componentes tales como el hecho generador, alícuota aplicable, exenciones, entre otros. Las imposiciones del Estado en materia tributaria, como todas las materias, se encuentran sujetas a las normas relativas al establecimiento de derechos, deberes y límites a seguir en un plano de legalidad que le otorgue plena seguridad de que dicha afectación se encuentra ajustada al derecho y fundamentada en los principios constitucionales que rigen nuestra sociedad. El principio de seguridad jurídica en materia tributaria podría definirse como la presunción de que todo contribuyente conoce sus deberes y prerrogativas en sus interacciones con la Administración Tributaria, toda vez que los mismos se encuentran predeterminados de forma precisa.

La existencia de un ordenamiento jurídico, como es el caso de la Ley 11-92 que instituye el Código Tributario de la República Dominicana constituye en sí una garantía de los principios de Seguridad Jurídica y de Legalidad para el contribuyente, no obstante el hecho de que la legislación tributaria muchas veces se torna compleja, ambigua y es modificada constantemente.

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